Durante la pandemia de covid-19, los sacerdotes han hallado las formas para impartir el Sacramento de la Confesión a los fieles tomando medidas de sanidad.
En algunas parroquias, se instalaron estructuras de acrílico que permiten el diálogo entre confesor y penitente. Otros sacerdotes, usando cubrebocas, han hecho confesiones al aire libre, y otros más han impartido el Sacramento desde la banqueta, mientras los fieles se acercan en sus coches.
La Iglesia en México ha dado algunos lineamientos que deben cumplirse al momento de la confesión durante la duración de la pandemia.
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La Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) en sus Orientaciones litúrgicas para reanudar el culto religioso en tiempo de pandemia, recomienda que la confesión se lleve a cabo en un lugar ventilado y fuera del confesionario, y debe observarse una distancia adecuada entre confesor y penitente (de 1.5 metros). Sugiere que, al menos, el confesor utilice cubrebocas y careta protectora.
A partir del referido documento de la CEM, la Arquidiócesis Primada de México publicó sus Orientaciones y criterios para el retorno gradual a las celebraciones litúrgicas con asistencia de fieles. En el documento se establece que, donde sea posible, la celebración del Sacramento de la Penitencia deberá llevarse a cabo en un espacio abierto, utilizando, al menos cubrebocas, tanto el sacerdote como el penitente.
Y en los lugares en donde no sea posible lo anterior, el sacerdote deberá usar, en todo momento, cubrebocas y guantes, e implementar una barrera con material acrílico, entre él y el penitente.
En ambos casos, se deberá observar siempre al menos 1.5 mts de distancia entre fiel y sacerdote.
La absolución general se da en los casos de grave necesidad y en relación con el nivel de contagio; sin embargo, la CEM ha dejado en claro que corresponde a cada obispo diocesano dar las indicaciones pertinentes a sus sacerdotes y fieles.
No obstante, el organismo recuerda que el criterio para ello lo dictará siempre el bien supremo de la salvación de las almas.
“En caso de que surja la necesidad repentina de impartir la absolución sacramental a varios fieles juntos, el sacerdote está obligado a avisar, en la medida de lo posible, al obispo diocesano o, si no puede, a informarle cuanto antes”, señala el numeral 32 del Ritual de la Penitencia.
La CEM también recuerda, una vez más, que no es posible administrar el sacramento de la Penitencia, al igual que en los demás Sacramentos, por medios digitales y/o electrónicos.
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